SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS
ESTUDIANTES
El Sistema de Evaluación del Colegio de Enseñanza Latinoamericano CENLA, se ha organizado de la siguiente
manera:
I. CRITERIOS DE EVALUACION Y
PROMOCIÓN
El sistema de
evaluación institucional se fundamenta en los siguientes principios:
ACOGIDA,
OPORTUNIDAD, POTENCIACIÓN, TOLERANCIA, RESPONSABILIDAD, JUSTICIA, COOPERACIÓN,
FRATERNIDAD y SOLIDARIDAD
En el CENLA, se adopta el sistema de evaluación
Institucional, teniendo como base los artículos 3 y 4 del decreto 1290 del 16
de abril de 2009.
Son
propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las
características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar
información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar
información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los
estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso
formativo.
4. Determinar la
promoción de estudiantes.
5. Aportar
información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional.
Definición del sistema institucional de
evaluación de los estudiantes.
Para definición del
SIE, es importante establecer las condiciones que permitan su desarrollo y
aplicación en el ámbito institucional así:
1.- El SIE hace
parte del Proyecto Educativo Institucional y se rige por los criterios
establecidos en su horizonte institucional y las normas estipuladas en la ley
115 de 1994 donde se determinan las áreas obligatorias y fundamentales así:
a.- Ciencias
Naturales y Educación Ambiental
b.- Ciencias
Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia
c.- Educación
Artística
d.- Educación Ética
y en valores humanos
e.- Educación
Física, recreación y deportes
f.- Educación
Religiosa
g.- Humanidades:
Lengua Castellana e Idioma Extranjero
h.- Matemáticas
i.- Tecnología e Informática
j. -Filosofía, Ciencias Políticas y
Económicas. (Para los CLEIS 5 y 6)
2. El sistema de
evaluación del CENLA, se ajusta con lo establecido en el Decreto 1290 por el
cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes
de los niveles de educación básica y media. Dentro de sus lineamientos
generales en términos de evaluación, a través de la comunicación permanente con
el Consejo Académico se ha fijado a nivel institucional los siguientes
parámetros a tener en cuenta entre otros:
a. La evaluación se
entiende como aquello que nos permite identificar y verificar los
conocimientos, las habilidades, los objetivos, los desempeños de un estudiante
que avanza en un proceso de aprendizaje y formación. Así la evaluación se convierte
en sí misma en una valoración de la acción enseñanza y aprendizaje, lo cual
lleva implícito tanto procesos internos como externos, tales como; la
responsabilidad, la autonomía, la motivación por aprender, los aciertos, las
dificultades, el trabajo en equipo, etc.
b. La evaluación es
continua, sistemática, objetiva y formativa a la vez. Cuando se dice que la
evaluación es continua se refiere a que es permanente, de esta manera, lo que
se evalúa debe ser resultado de una acción educativa durante un determinado
tiempo, lo cual lleva en sí un proceso. El resultado no puede ser únicamente de
un corte en un momento, debe ser continuo y formativo sin excluirse mutuamente.
c. La evaluación
como estrategia formativa es aquella que se realiza con el propósito de valorar
TODO el proceso, es decir, favorece o mejora constantemente aquello que está
fallando: el proceso de aprendizaje de los estudiantes, la estrategia o
metodología del docente, el material pedagógico que se utiliza al interior de
las clases, la mismas relaciones interpersonales, etc. Como es obvio los
cambios o mejor la intervención en la mejora de un proceso tiene sentido
hacerla mientras éste transcurre. Este tipo de evaluación pretende ayudar a
responder a la pregunta de cómo están aprendiendo y progresando los estudiantes
de acuerdo a la obtención de los logros que nos hemos propuesto. Sólo así se
podrán introducir correcciones, añadir acciones alternativas y reforzar ciertos
aspectos.
d. Somos coherentes
con lo planteado en la Ley General de Educación. Ley 115, Decreto 1860 de 1994,
Capítulo VI, art. 47. que dice: en cuanto a la evaluación “...sus finalidades
principales son:
-
Determinar la obtención de los logros definidos en el
proyecto educativo institucional.
-
Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.
-
Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.
-
Favorecer en cada alumno el desarrollo de sus capacidades
y habilidades.
-
Identificar características personales, intereses, ritmos
de desarrollo y estilos de aprendizaje.
-
Contribuir a la identificación de las limitaciones o
dificultades para consolidar los logros del proceso formativo.
-
Ofrecer al alumno oportunidades para aprender del
acierto, del error y, en general, de la experiencia”
e. La evaluación
es, en últimas, la constatación de que un proceso se está llevando a cabo y de
qué manera se están logrando las metas propuestas, y definitivamente no tiene
otra intención que mejorar la calidad, la profundidad y el sentido del
aprendizaje en la vida escolar.
Criterios de Promoción:
1. Al finalizar el
año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción se encargará de determinar cuáles estudiantes
deben repetir un grado determinado, atendiendo a las directrices consignadas en
la Ley o en nuestro Manual de Convivencia.
2. La Comisión de
Evaluación y Promoción podrá determinar que un estudiante es candidato para
repetir el año cuando se encuentre en algunas de las siguientes situaciones:
a. Estudiantes que hayan
obtenido desempeño bajo en todo
el proceso en tres o más áreas.
Algunos casos especiales podrán ser analizados por la comisión según el proceso
llevado por el estudiante.
b. Estudiantes que
hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades
académicas durante el año escolar.
3. Cuando un área
está conformada por dos asignaturas o más, según el plan de estudios definido
para ese CLEI y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área el
que en todas las asignaturas que
conforman dicha área se superen los logros definidos.
4. Quien no
se presente a las actividades
de apoyo en las fechas establecidas
por la institución al finalizar
el período académico.
5. Quien no
logre los objetivos definidos
del área o
asignatura en las
actividades de apoyo al
finalizar el período
académico.
6. Los demás
estudiantes serán promovidos al siguiente CLEI
Criterios para la promoción y graduación de bachilleres:
Para obtener el
Título de BACHILLER ACADÉMICO, el estudiante deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
-Haber cursado y
aprobado todas las áreas del plan de estudios, habiendo presentado y aprobado
las actividades de apoyo en los casos
necesarios.
- Haber cumplido
con el requisito de ley del Servicio Social Obligatorio.
- Haber
cumplido con las 50 horas obligatorias de Constitución
política.
-Encontrarse a paz
y salvo por todo concepto con el colegio incluyendo el derecho de grado.
-los demás
requisitos de ley.
Los casos
particulares que no se inscriban en este apartado, serán definidos por la
instancia correspondiente, quien
definirá su graduación o no.
Promoción
anticipada de grado:
Durante el primer
período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento o solicitud
de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción
anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento
superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las
competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en actas
del consejo académico y directivo y, si es positiva en el registro escolar.
Promoción a
Estudiantes no promovidos:
1. Atendiendo a las
directrices del Art. 7 del Decreto 1290, en todos los casos, se hará un
seguimiento del estudiante no promovido y se favorecerá su promoción durante el
primer periodo académico en la medida en que éste demuestre el mejoramiento de
los desempeños que no permitieron su promoción.
2. Se le permitirá
presentar pruebas de suficiencia al inicio del primer periodo académico de las
áreas en las cuales quedó con desempeño bajo y por las cuales no se promovió.
3. Para poder ser
promovido al grado siguiente, es condición necesaria el que alcance un
desempeño alto en todas las pruebas destinadas para tal fin, con el fin de
demostrar que se encuentra nivelado con el resto del grupo.
4. En caso de no superar dichas pruebas no es
posible su promoción.
II. LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
De conformidad con
el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5, el colegio aplica la
siguiente escala de valoración institucional de carácter cualitativo
equivalente con la escala nacional:
Valoración
Excelente, equivalente a Desempeño Superior
Valoración
Sobresaliente, equivalente a Desempeño Alto
Valoración
Aceptable, equivalente a Desempeño Básico
Valoración
Insuficiente, equivalente a Desempeño Bajo
Los siguientes son
criterios de evaluación definidos para cada uno de los desempeños y que se
tendrán en cuenta en las valoraciones finales de cada una de las áreas:
Desempeño Superior:
Asume un
comportamiento excelente, de acuerdo con los valores y la filosofía
Institucional, alcanzando los logros propuestos y realizando de manera
apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje.
Criterios de
Evaluación:
-Participa
activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el
aula y en la institución.
-El trabajo en el
aula es constante y enriquece al grupo.
-Maneja
adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias
vividas, adoptando una posición crítica.
-Respeta y
participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus
compañeros.
-Su comportamiento
y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.
-Consulta diversas
fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.
-Asume con
responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
-Presenta a tiempo
sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
-No tiene fallas, y
aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de
aprendizaje se vea afectado.
-Alcanza todos los
logros propuestos sin actividades complementarias.
-No presenta
dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación con todas las
personas de la comunidad educativa.
-Manifiesta sentido
de pertenencia institucional.
- El alumno
que no entregue
las actividades el
día correspondiente, se le recibirán
luego pero con una valoración inferior.
Desempeño Alto:
Mantiene una
actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los valores y la
filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros propuestos, en
su proceso de aprendizaje.
Criterios de
Evaluación:
-Maneja y argumenta
los conceptos aprendidos en clase.
-Participa
moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
-El trabajo en el
aula es constante, aportando con discreción al grupo.
-Reconoce y supera
sus dificultades de comportamiento.
-Su comportamiento
favorece la dinámica de grupo.
-Aporta ideas que
aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
-Emplea diferentes
fuentes de información y lleva registros.
-Presenta a tiempo
sus trabajos, consultas, tareas.
-Alcanza todos los
desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias.
-Tiene faltas de
asistencia justificadas.
-Manifiesta sentido
de pertenencia con la institución.
Desempeño Básico:
Presenta una
actitud y comportamiento aceptable con los valores y la filosofía del colegio,
cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios
en el área.
Criterios de
Evaluación:
-Participa
eventualmente en clases.
-Su trabajo en el
aula es inconstante.
-Relaciona los
conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración
para hacerlo.
-Es inconstante en
la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con
dificultad.
-Le cuesta aportar
ideas que aclaren los conceptos vistos.
-Su comportamiento
académico y formativo es inconstante.
-Presenta dificultades
de comportamiento.
-Alcanza los
desempeños mínimos con actividades complementarias de apoyo dentro del período académico.
-Presenta faltas de
asistencia, justificadas e injustificadas.
-Desarrolla un
mínimo de actividades curriculares requeridas.
-Manifiesta un
sentido de pertenencia a la institución.
Desempeño Bajo:
Presenta actitud insuficiente y de desinterés
ante los valores, la filosofía del colegio y ante los requerimientos mínimos
para alcanzar los desempeños básicos necesarios en el área.
Criterios de
Evaluación:
-El ritmo de
trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
-Manifiesta poco
interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
-Registra
eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
-Necesita ayuda
constante para profundizar conceptos.
-Presenta
deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
-Evidencia
desinterés frente a sus compromisos académicos.
-Afecta con su
comportamiento la dinámica del grupo.
-No alcanza los
desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de
realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar los logros
previstos.
-Presenta faltas de
asistencia injustificadas.
-Presenta
dificultades de comportamiento.
-No tiene sentido
de pertenencia institucional.
III. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPENO DE LOS ESTUDIANTES.
La valoración
integral de los estudiantes privilegia los avances en la consecución de los
diversos aprendizajes: APRENDER A SER, APRENDER A CONOCER, APRENDER A HACER Y
APRENDER A CONVIVIR.
Dentro del proceso
educativo Cenlista, se privilegian las siguientes estrategias para valorar
integralmente a los estudiantes:
Evaluaciones
iniciales, que dan cuenta de los saberes previos y los niveles de apropiación
logrados por cada uno de los estudiantes.
Evaluaciones cortas
dentro de las clases, permiten reconocer avances en la adquisición de los
conocimientos.
Evaluaciones
parciales, permiten reconocer los niveles de competencia logrados, privilegian
la comprensión, el análisis, la crítica y la búsqueda de alternativas de
solución a las diversas problemáticas a las que nos vemos enfrentados en el
mundo de hoy.
La autoevaluación
que realiza cada estudiante en cada período.
La realización de
trabajos en grupo, elaboración de informes, realización de talleres,
exposiciones, entrevistas, pequeñas investigaciones, tareas, actividades de
apoyo, consultas, salidas pedagógicas, sustentaciones, producciones
escritas, informes de lectura, entre otros.
IV. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPENOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL ANO ESCOLAR
Según lo
establecido en el Proyecto Educativo Institucional se determinan las siguientes
acciones orientadas al mejoramiento de los desempeños de los estudiantes:
a.-Durante el
período el docente observa los aciertos y las dificultades que presentan los
estudiantes y realiza las estrategias de apoyo y/o profundización
correspondientes.
b.-Durante el
período los docentes establecerán los mecanismos y estrategias que le permitan
al estudiante lograr niveles de aprendizaje y desempeños óptimos, de manera que
los índices de reprobación sean mínimos en cada asignatura.
c.-Los docentes
generarán espacios de acompañamiento personal y grupal, dentro y fuera del
horario de clases, que permitan mejorar los niveles de desempeño cuando se
presenten dificultades en el proceso de aprendizaje. Las estrategias de apoyo
no se limitarán únicamente al desarrollo de talleres o trabajos. Estas
actividades tienen la única finalidad de fortalecer el aprendizaje.
d.-El docente
dejará evidencia o registro de las estrategias de profundización y/o apoyo
realizadas en cada período de manera que el Consejo Académico y el Equipo Directivo,
en caso de reclamaciones, puedan realizar la respectiva verificación.
f.-El Consejo
Académico hará seguimiento permanente a los procesos de evaluación y planteará
directrices para establecer estrategias de apoyo y profundización con el fin de
alcanzar óptimos niveles en el desempeño de los estudiantes.
V. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
En todas las áreas
y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación de los
estudiantes con una intención netamente formativa que favorezca la toma de
conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer
sus dificultades y avances en su desempeño.
VI. ESTRATEGIAS
DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS
ESTUDIANTES.
a.-Cada área velará
porque se genere un alto porcentaje de aprendizaje y por ende de aprobación de
cada área.
b.-Los padres de
familia apoyarán los procesos académicos y de convivencia involucrándose en las
actividades programadas por la institución a través de la participación activa
y permanente.
c.-Se acompañará a
los estudiantes que presenten dificultades en su desempeño escolar.
d.-Los docentes
diseñarán un plan de apoyo para los estudiantes que persistan en el bajo
desempeño de un área, que se entregará con el informe final para que sea
desarrollado en el período de vacaciones, bajo la responsabilidad de los padres
de familia; de tal manera, que al iniciar el siguiente año escolar tengan la
oportunidad de superar las dificultades presentadas y así evitar el registro de
no aprobación en el certificado de estudios del respectivo CLEI. La valoración
del proceso será la correspondiente al
nivel básico como máximo.
VII. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES
Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS
ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.
El SIEE se
fundamenta en las normas legales vigentes y se estructura a través del aporte y
acompañamiento de los docentes; en este sentido, los directivos y docentes
cumplirán con las disposiciones establecidas así:
a.-Los docentes
presentarán a Coordinación los resultados de la evaluación por período en cada
una de las asignaturas que desarrolle; de este instrumento se obtendrá la
información que se registrará en el informe valorativo del estudiante.
b.-El
Coordinador y/o el Equipo Directivo
analizará en forma permanente los casos especiales de bajo desempeño académico
y determinará las directrices tendientes a la superación de las dificultades.
c.-El Consejo
Directivo y el Equipo Directivo velarán por el cumplimiento de lo establecido
en el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes.
VIII. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS
PADRES DE FAMILIA Y ESTRUCTURA DE LOS
INFORMES DE LOS ESTUDIANTES:
En cumplimiento del
Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290, el colegio establece que:
1. La evaluación de
los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a dos
períodos semestrales, al finalizar cada uno los estudiantes, padres de familia
o acudientes, según el caso, recibirán un informe escrito de evaluación en el
que se muestra la valoración asignada en cada una de las áreas y los criterios
de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del
periodo escolar.
2. Al finalizar el
año escolar se entregará a padres de familia o acudientes un informe final que
incluirá una evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área
durante todo el año lectivo, en nuestro caso sería semestral para el CLEI 5 y
6, y anual según el caso para el CLEI 3
y 4. Esta evaluación tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante
de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en períodos
anteriores.
3. En caso de que
algún periodo haya sido valorado con desempeño bajo y las dificultades no hayan
sido superadas con las actividades de apoyo propuestas, la valoración
definitiva asignada será de desempeño bajo.
4. Los informes y el informe final de evaluación
mostrarán el rendimiento en cada área mediante la escala enunciada en el
numeral II del presente documento.
5. Si al
finalizar el año
escolar el alumno reprueba dos
áreas y estas no son
superadas durante las
actividades de apoyo, esta será causal de la
no promoción del estudiante y repetición del respectivo CLEI.
6. Si al finalizar el
año escolar el alumno reprueba dos
áreas y al culminar las
actividades de apoyo éste
alcanza los logros sólo en una de
ellas y queda pendiente
de la otra,
será promovido al CLEI siguiente, pero si al
terminar el CLEI no ha
superado las actividades
de apoyo pendientes y vuelve
a reprobar la misma
área, esto será causal para
reprobar el CLEI actual.
IX. ESTRUCTURA
DE LOS INFORMES DE VALORACIÓN DE ESTUDIANTES.
Los informes de
valoración estarán constituidos por: identificación general, niveles de
desempeño alcanzados en cada área y asignatura; la valoración cualitativa
equivalente a cada uno de los desempeños y la asistencia.
X. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE
LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
1. Para el estudio
de circunstancias académicas es necesario establecer unos canales y unos
procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. Se requiere en
todos los casos que haya una comunicación permanente y respetuosa entre el
colegio y la familia del estudiante con el fin de garantizar un adecuado
seguimiento y acompañamiento de la situación presentada.
Instancias:
a. El Docente
encargado del área
b. El Docente
titular de grupo
c. Coordinador
General
e. Comisión de
Evaluación y Promoción.
f. Consejo
Académico
g. Rectoría
h. Consejo
Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860/94, literal b
Art. 23. y el Decreto 1290 art. 11 numeral 7.
2. Con los
estudiantes que presentan dificultades académicas y que se remiten a la
Comisión de Evaluación y Promoción se procederá de la siguiente manera:
1. CONVERSACIÓN CON
EL ESTUDIANTE, EL PADRE DE FAMILIA O EL ACUDIENTE, según el caso: Para informar
sobre el programa de actividades de apoyo y plan de mejoramiento a la que haya
lugar en el área en la que se presenta desempeño bajo. (Esta citación es
realizada por el Profesor encargado de la asignatura o Titular de CLEI, según
el caso).
2. REMISION A LA
COMISION DE EVALUACIÓN Y PROMOCION: El caso del alumno(a) es presentado a la
Comisión se siguen las recomendaciones
asignadas en dicha reunión.
3. CITACIÓN A ESTUDIANTES, PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES,
según el caso por parte de la
COORDINACIÓN GENERAL: Para acordar decisiones sobre el proceso del estudiante y
realizar seguimiento del compromiso académico.
4. CITACIÓN A RECTORIA: Agotadas todas las
instancias se citará estudiante Padres de Familia y alumno(a) para establecer
acuerdos por no cumplir los compromisos pactados.
3. En caso de que
el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a
la evaluación, deberá seguir el conducto regular especificado en el numeral 1
del presente apartado.
4. En caso de que
el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación a
la promoción, deberá enviar una solicitud por escrito al Consejo Académico.
Promoción a Estudiantes no
promovidos.
1. Atendiendo a las directrices del Art. 7 del Decreto
1290, en todos los casos, se hará un seguimiento del estudiante no promovido y
se favorecerá su promoción durante el primer periodo académico en la medida en
que éste demuestre el mejoramiento de los desempeños que no permitieron su
promoción.
2. Se le permitirá presentar pruebas de suficiencia al
inicio del primer periodo académico de las áreas en las cuales quedó con
desempeño bajo y por las cuales no se promovió.
3. Para poder ser promovido al grado siguiente, es
condición necesaria el que alcance un desempeño alto en todas las pruebas
destinadas para tal fin, con el fin de demostrar que se encuentra nivelado con
el resto del grupo.
4. En caso de
no superar dichas pruebas no es posible su promoción.
Los mecanismos de
reclamación pueden ser verbales ó escritos.
Los recursos que se
pueden interponer son los de reposición y apelación, ante la instancia
superior.
XI. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Para la
construcción del SIEE, se contó con la participación activa de diferentes
instancias institucionales como el Consejo Académico, el Consejo Estudiantil,
el Consejo Directivo. Así mismo, la institución realizó un sondeo con los
estudiantes y padres de familia que tuvo como referencia los numerales del
artículo 4 del decreto 1290.
DERECHOS,
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA SEGÚN EL DECRETO 1290
Teniendo en cuenta
que los padres de familia cumplen un papel fundamental en la formación integral
de sus hijos es importante recordar los derechos y deberes estipulados en el
decreto 1290:
a.-Derechos del
estudiante. (Art. 12). El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso
formativo, tiene derecho a:
1. Ser evaluado de
manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales
2. Conocer el
sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año
escolar.
3. Conocer los
resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas
a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
4. Recibir la
asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el
aprendizaje.
b. Deberes del
estudiante. (Art. 13).El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso
formativo, debe:
1. Cumplir con los
compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento
educativo.
2. Cumplir con las
recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.
c. Derechos de los
padres de familia. (Art. 14). En el proceso formativo de sus hijos, los padres
de familia tienen los siguientes derechos:
1. Conocer el
sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año
escolar.
2. Acompañar el
proceso evaluativo de los estudiantes.
3. Recibir los
informes periódicos de evaluación.
4. Recibir
oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el
proceso de evaluación de sus hijos.
d. Deberes de los
padres de familia. (Art. 15). De conformidad con las normas vigentes, los
padres de familia deben:
1. Participar, a
través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y
procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción
escolar
2. Realizar
seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos
3. Analizar los
informes periódicos de evaluación.
SEGUIMIENTO,
REVISIÓN Y AJUSTES AL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES.
a.-Durante el año
lectivo se establecerá un monitoreo o seguimiento permanente al Sistema
Institucional de Evaluación que servirá de referencia y análisis para
establecer acciones correctivas y de mejora.
b.-Otros aspectos
que no aparecen en estos acuerdos serán tomadas de forma textual del Decreto
1290.
c.-El Consejo
Directivo aprueba el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes
mediante acuerdo 10 del 14 de Nov. De 2009.
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